Emergencia social municipal
El Ayuntamiento dispone de unas prestaciones económicas de pago único, de carácter extraordinario y finalista, destinadas a aquellas personas o unidades familiares que precisen de apoyos para la cobertura de necesidades básicas ante situaciones puntuales y sobrevenidas de emergencia social. Entre ellas: ayudas para alimentación y vestido básicas, cobertura de gastos necesarios para el disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento habitual, gastos relativos a la atención sanitaria no cubierta por los diferentes sistemas públicos…
Personas a las que va dirigido:
- Personas que acrediten no disponer de los recursos suficientes con los que afrontar los gastos específicos de primera necesidad, derivados de contingencias extraordinarias.
Risga/AIS
Prestación de carácter periódico (Risga) o no periódico (AIS) destinada a garantizar unos recursos económicos de subsistencia a quien carezca de ellos, mediante un proyecto personalizado de inserción (Risga) constituido por un conjunto de acciones tendentes al avance de la integración personal, familiar, social y, si es el caso, laboral de la persona beneficiaria.
A quién va dirigido:
- Personas que reúnan los requisitos establecidos en la ley 10/2013 de 27 de noviembre de medidas básicas de inserción social.